YA NO HABRÁ QUE PRESENTAR PARTES DE BAJA
Desde el 1 de abril desaparece la obligación de presentar a la empresa los partes médicos de baja, confirmación y alta.
También será de aplicación a los procesos que a dicha fecha se encuentren en curso si no han superado los 365 días de duración.Será el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien comunique a la empresa los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta.
Los partes de baja y de confirmación de la baja se emitirán en función del periodo de duración que estime el personal médico que los emite, y para ello se establecen 4 grupos de procesos:
2023.03.30_Ya_no_habrá_que_presentar_partes_de_baja.pdf

